Pólizas
DE SEGUROS
Las pólizas de cumplimiento están estructuradas para garantizar o afianzar obligaciones derivadas de un contrato o de una determinada disposición legal.
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PÓLIZA DE SEGUROS A FAVOR DE ENTIDADES PUBLICAS DE REGISTRO PRIVADO
AMPAROS
- Seriedad de los ofrecimientos
- Anticipos
- Pago anticipado
- Cumplimiento de las obligaciones
- Calidad de elementos, bienes y equipos que entregue el contratista
- Calidad de servicios
- Provisión de repuestos
- Pago de salarios y prestaciones sociales
- Estabilidad y calidad de la obra
BENEFICIOS
• Cotización inmediata
• Asesoría personalizada
• Fácil suscripción
• Facilidad de financiación
MEDIOS DE PAGO
• En efectivo
• Consignación Bancaria
• Pago con tarjeta
• A convenir
Las pólizas de cumplimiento en Colombia tiene como objeto, de conformidad con lo establecido en la Ley 225 de 1938, amparar el pago de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de obligaciones surgidas de leyes o contratos.
Son partes de este contrato de seguro el tomador, que es la persona natural o jurídica cuyo incumplimiento puede generar los perjuicios objeto de la cobertura, y la entidad aseguradora. Ahora bien, el asegurado será el acreedor de la obligación amparada cuyo incumplimiento podrá acarrearle perjuicios.
Consulta aquí los clausulados de todos nuestros seguros.